En los nucleos urbanos, zonas comunes de hoteles, campings, parques y centros comerciales, es muy común encontrarnos con fuentes ornamentales.
Estas fuentes pulverizan el agua que se encuentra en un circuito cerrado en recirculación constante.
El Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis, incluye en su anexo I las fuentes ornamentales con difusión de aerosoles.
Las fuentes ornamentales de uso mixto, son fuentes que se utilizan para enfriar agua que se utiliza en sistemas de climatización son consideradas y tratadas como Torres de Refrigeración.
En las fuentes ornamentales el agua se impulsa a través de una bomba al exterior produciendo diversos efectos estéticos. En algunos casos el agua puede también fluir por gravedad. En el agua acumulada se dan las condiciones necesarias para la existencia de vida vegetal o animal.
Durante el funcionamiento de estas instalaciones se generan situaciones que incrementan el riesgo de proliferación de la bacteria de la legionella.
En las revisiones de la instalación se comprueba el correcto funcionamiento, y su estado de conservación de todos los elementos de la fuente ornamental, fuente, boquillas, bomba de impulsión, filtros de agua y equipos de desinfección del agua, cada una de estas revisiones se realiza de acuerdo a la frecuencia que marca el real decreto que puede ser trimestral, mensual o semestral en dependencia del resultado de la evaluación de riesgo realizada por nuestros técnicos .
La toma de muestras en una fuente ornamental se realiza con la frecuencia mínima que fija el anexo V del Real Decreto 487/2022 para este tipo de instalación. El recuento se realiza según la norma UNE-EN ISO 11731:2017.
** En estas instalaciones también hay que hacer mediciones semestrales de aerobios.
Las medidas del Real Decreto 487/2022 se aplican a las instalaciones que puedan ser susceptibles de convertirse en focos de exposición humana a la bacteria y de propagación de la legionelosis durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento. Su anexo I incluye, entre otras: